FORMULARIO DE REGISTRO CLIENTE VIP
El nombre de su patrocinador es: MIGUEL FERNANDO MORA FONT (miguelmf)
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Politicas
Una vez leído el manual del Emprendedor, es mi voluntad presentar mi solicitud para ser aceptado como Emprendedor Independiente no exclusivo de Acqualuxe S.A.S., al amparo del siguiente contrato: CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN MERCANTIL QUE CELEBRAN ACQUALUXE S.A.S., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “ACQUALUXE”, Y POR LA OTRA PARTE, EL SOLICITANTE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL “EMPRENDEDOR”, QUIENES ESTÁN DE ACUERDO EN SUJETARSE A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: DECLARACIONES l.- Declara Acqualuxe Que se dedica, entre otras actividades, a la comercialización de diversos productos que, en lo sucesivo, se les denominará “Productos”. ll.- Declara el Emprendedor a) Que ha solicitado a Acqualuxe ser aceptado como Emprendedor Independiente no exclusivo. b) Que realizará sus actividades como Emprendedor de forma independiente, no subordinada, no exclusiva, sin perjuicio de otras actividades comerciales que realiza hoy en día. c) Que se encuentra inscrito en el Servicio de Rentas Internas como comerciante independiente con actividades comerciales o, en su defecto, se obliga a inscribirse como comerciante y proporcionar a Acqualuxe su clave de Registro Único de Contribuyentes. d) Que cuenta con la experiencia y elementos propios para dedicarse al comercio de los Productos. e) Que ha leído el Manual del Emprendedor, que forma parte integrante del presente contrato y está de acuerdo con este. Expuesto lo anterior, las partes se sujetan a las siguientes CLAUSULAS PRIMERA.- El Emprendedor podrá distribuir los productos y se le otorgarán los pagos previstos en el Manual del Emprendedor. Los pagos se determinarán en base a las compras directas efectuadas a Acqualuxe, así como por las compras de los Clientes VIP de su grupo y los Emprendedores incorporados a su red de distribución. SEGUNDA.- Los productos solo podrán distribuirse dentro del territorio nacional. TERCERA.- En virtud de que el Emprendedor cuenta con negocio propio, así como con medios comerciales y personal propio, únicamente a petición del Emprendedor, Acqualuxe le sugerirá planes de mercadotecnia de los productos. CUARTA.- El derecho a ciertos niveles de comisiones como resultado del volumen de compras del Emprendedor o de su Red de Distribución, es personal, por lo tanto no podrá cederse a ninguna otra persona sin el consentimiento por escrito de Acqualuxe. QUINTA.- El Emprendedor deberá liquidar totalmente el importe de sus compras al momento de realizar su pedido. SEXTA.- El Emprendedor deberá respetar todos los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de Acqualuxe y sus filiales. El Emprendedor no podrá utilizar el nombre comercial de Acqualuxe o marcas registradas, bajo las cuales se presentan comercialmente los productos, en ningún medio de publicidad, tarjetas de presentación, carteles, folletos, vehículos, chequeras o papelería, sin el previo consentimiento por escrito de Acqualuxe. SÉPTIMA.- El Emprendedor por ningún motivo podrá presentarse como empleado, o atribuirse facultades de representación de Acqualuxe, Por lo que queda excluida la posibilidad de considerar al Emprendedor como apoderado, mandatario o comisionista de Acqualuxe. En consecuencia, ninguna de las partes tendrá obligación alguna por cuenta y nombre de la otra, ni como representante o agente de la otra. OCTAVA.- Acqualuxe se compromete a vender al Emprendedor los productos que éste requiera, siempre y cuando Acqualuxe los tenga en existencia en sus almacenes. Los riesgos sobre el cuidado o perdida de los productos correrán a cargo del Emprendedor, a partir de la fecha en que éste reciba la compra que hizo a Acqualuxe con motivo de su pedido. NOVENA.- Todos los gastos que se generen por la distribución de los productos tales como pagos de impuestos, gastos de transportación, papelería, etc., serán por cuenta del Emprendedor. DECIMA.- El Emprendedor acepta que Acqualuxe tiene el derecho de modificar en cualquier momento el Manual del Emprendedor. En caso de que el Emprendedor no este de acuerdo con alguna modificación tendrá derecho a dar por terminado este contrato, mediante aviso notificado a Acqualuxe. DECIMA PRIMERA.- El presente contrato podrá darse por terminado a petición de cualquiera de las partes y en cualquier momento, mediante aviso por escrito dado con 30 días naturales de anticipación, sin responsabilidad para la parte que haya solicitado la terminación, excepto la liquidación de las operaciones pendientes. DECIMA SEGUNDA.- Para lo no previsto en el presente contrato, las partes se sujetan al Manual del Emprendedor, o, en su defecto, al Código Civil y las leyes aplicables vigentes en el Ecuador a la fecha de suscripción del presente contrato. DECIMA TERCERA.- En caso de incumplimiento del Emprendedor a cualquiera de sus obligaciones derivadas de éste contrato o del Manual del Emprendedor, Acqualuxe podrá rescindir éste contrato en forma inmediata, sin necesidad de declaración judicial. DECIMA CUARTA.- El Emprendedor no se encuentra obligado a comprar determinados Productos, ni con determinada frecuencia, así como tampoco estará sujeto a horario alguno para la distribución de los mismos, ni estará subordinado a instrucciones u ordenes del personal dependiente de Acqualuxe, ni deberá rendir cuentas de sus actividades a los mismos, excepto de aquellas que se requieran por la naturaleza del presente contrato. DECIMA QUINTA.- Si el Emprendedor al promover la venta de los productos entre sus clientes encuentra que alguno de ellos se interesa también en distribuirlos, podrá presentarlo a Acqualuxe para que solicite ser aceptado como Emprendedor y llene el Contrato de Emprendedor Mercantil Independiente respectivo. En caso de ser aceptado, pasará a formar parte de la Red de Distribución del Emprendedor y en tal virtud las compras que efectúe esta persona formarán parte también del volumen de compras del Emprendedor, de acuerdo a lo establecido en el Manual del Emprendedor. DECIMA SEXTA.- Cualquier notificación, aviso o emplazamiento que se deba efectuar al Emprendedor se deberá llevar a cabo en el domicilio registrado en ese momento en el sistema. DECIMA SÉPTIMA.- Por todo lo relacionado por la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Guayaquil, por lo que renuncian a cualquier fuero que con motivo de su domicilio actual o futuro, pudiera corresponderles. DECIMA OCTAVA.- El Emprendedor, podrá autorizar para que quien designe pueda participar en la Distribución de los Productos de Acqualuxe, bajo el mismo contrato con el nombre de CoEmprendedor, Quien participará en forma directa en la compra - venta de los productos, así como en la operación y comercialización de su negocio Acqualuxe. La designación de CoEmprendedor implica que este queda como beneficiario de todos los derechos y obligaciones del Contrato de Distribución Mercantil en caso de muerte del titular.
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